img-default-blog.jpg
CONTRADICCIONES EN EL GOBIERNO EN LA LUCHA CONTRA LAS PLAGAS

EL GOBIERNO CAE EN CONTRADICCIONES AL ADJUDICAR LA LUCHA ANTIVECTORIAL A UNA EMPRESA QUE ACABA CON LAS PLAGAS CON PRODUCTOS QUÍMICOS PERO APRUEBA ORDENANZAS QUE ESTÁN EN CONTRA DEL USO DE ELLOS.

El pasado 2 de julio aprobó, a través de Junta de Gobierno Local, la adjudicación de la lucha antivectorial a Desratizaciones Parque S.L por un importe cercano a los 13.000 euros, ya entrado el verano.

En el acta de la Junta de Gobierno Local celebrada el pasado 2 de julio pudimos conocer la adjudicación del Servicio de lucha antivectorial en el municipio de Aranjuez por un periodo de un año prorrogable por otro más. Los criterios para la adjudicación de dicho servicio han sido los siguientes:

Las empresas que han presentado proyectos para prestar este servicio han sido las siguientes:

• NOVAHIGIENE, S.A.
• EZSA SANIDAD AMBIENTAL
• INTI, S.A.
• VENTOCITY SERVICIOS INTEGRALES, S.L.
• Desratizaciones Parque, S.L.

Revisada toda la documentación presentada por cada una de las empresas en distintos sobres, según los criterios que aparecen en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del Contrato, se informa de la puntuación obtenida.

Por lo anteriormente expuesto, de acuerdo a los criterios de adjudicación de la convocatoria para el procedimiento abierto para la contratación del servicio de la Campaña de Lucha Antivectorial 2014, se informa favorablemente la contratación de la empresa DESRATIZACIONES PARQUE S.L., al reunir las características técnico-sanitarias adecuadas y mejor valoradas con respecto a las demás empresas, por un importe de 10.589,08 € más 2.223,71 € de IVA por un periodo de un año con la posibilidad de una prórroga de un año

Los trabajos a realizar son los siguientes:

AMBITO DE APLICACIÓN.

Desratización, Desinsectación y Desinfección

Edificios municipales (1), colegios públicos (2), red general de alcantarillado y conducciones en general, barriadas, urbanizaciones, pedanía El Cortijo de San Isidro, ribera del río Tajo, obras, edificios deshabitados, vertederos incontrolados, escombreras, parques y jardines, zona de la ría, carreteras de acceso, alrededores de la depuradora, matadero y merenderos.

(1) Edificios municipales, Almacenes Municipales, Casa Consistorial, oficinas del Ayuntamiento de calle Stuart:, Campos de Fútbol El Pinar, Centro Cultural Isabel de Farnesio, Centro de Acogida de Animales, Centro de Formación, CAID, Centro social Las Aves, Centro Social de Moreras y Taller de Cerámica, Depuradora (entorno), Estadio El Deleite, Oficina de Información de Turismo, Piraguera, Plaza de Toros, Policía Local, Polideportivo y Servicio médico municipal, Protección Civil, Punto Limpio, Taller Ocupacional Nuestro mundo y vehículos municipales.

(2) Colegios públicos y servicios educativos San Fernando, San Isidro, San José de Calasanz, Santa Teresa, Vicente Aleixandre, Carlos III, Maestro Rodrigo, E. I. Victoria Kamhi, Príncipe de Asturias, Servicio de Atención Temprana (C/Hospital s/n) y Equipo de Orientación Psicopedagógica (C/ Postas, 86).

Esta relación de edificios municipales y colegios públicos puede ser susceptible de modificaciones a lo largo de la duración del contrato, bien por desaparición o por inclusión de nuevas instalaciones sin que ello suponga modificación en las condiciones del contrato. Cualquier cambio que se produjera en este sentido será debidamente comunicado a la empresa adjudicataria del servicio.

Control de mosquitos
Márgenes del río a su paso por el casco urbano, ría e imbornales, setos y arbolado de zonas urbanas, Cortijo de San Isidro y zonas recreativas (parques, jardines municipales, instalaciones deportivas, merenderos y zonas verdes de áreas residenciales de uso público).

PERIODICIDAD DE LOS TRATAMIENTOS:
Deberá ser lo más ajustada al siguiente planteamiento:

• Desratización: Tratamiento de choque cuatrimestral, tratamiento de mantenimiento mensual y tratamiento de brotes o avisos en el momento en que se soliciten (24 h. de demora máximo).
• Desinsectación y Desinfección: Tratamiento de choque cuatrimestral, tratamiento de brotes o avisos en el momento en que se soliciten (24 h. de demora máximo).
• Fumigación de alcantarillado: Tres tratamientos anuales.
• Control de mosquitos: En cuatro tratamientos mediante fumigación líquida, actuando sobre la fase larvaria y adulto del mosquito.
• Campaña de información pública: Anual.

Las empresas licitantes deberán presentar un Programa de Vigilancia y Control Vectorial que ha de especificar de forma clara el diagnóstico de salud ambiental del municipio de Aranjuez referido a las poblaciones de vectores, que constará, al menos, de los siguientes apartados:

1.- Diagnóstico de situación que debe incluir:
a) Situación de partida. Efectos y problemas de campañas anteriores.
b) Identificación de las especies de artrópodos y roedores a combatir.
c) Estimación de la densidad de sus poblaciones.
d) El posible origen de las citadas especies, así como distribución y extensión de
la población o poblaciones nocivas.
e) Los factores ambientales que originen o favorezcan la proliferación de las mismas.
f) Propuestas de actuación distintas a los tratamientos químicos.

2.-Ámbito de la campaña especificando:
a) Zonas y locales a tratar por la empresa adjudicataria.
b) Red general de alcantarillado y desagüe de colectores.
c) Proximidades de galerías de alimentación, mercados y almacenes de productos.
d) Estaciones depuradoras de aguas residuales.
e) mataderos.
f) Vertederos incontrolados y escombreras.
g) Parques y jardines municipales.

3.- Productos que se emplearán, especificando nombre comercial, composición cuantitativa, número de Registro Sanitario, clasificación toxicológica, puntos de aplicación y medidas de seguridad a adoptar.
4.- Épocas, periodicidad y duración estimada de los tratamientos. Además, la empresa licitante se comprometerá a establecer un plan de mantenimiento con actuaciones de inspección periódicas y siempre que lo solicite el Ayuntamiento.
5.- Métodos y técnicas empleados para efectuar las aplicaciones.
6.- Sistema de evaluación y un diseño de control de los tratamientos realizados por parte de las empresas adjudicatarias.
7.- Declaración expresa de no emplear productos catalogados como tóxicos o muy tóxicos según la normativa vigente.
8.- Declaración de responsabilidad de la eficacia de los tratamientos y ante posibles accidentes o intoxicaciones.
9.- Modelo del certificado acreditativo, según normativa, de la realización del tratamiento que será entregado al Ayuntamiento al término de la misma. Las empresas licitantes deberán acreditar, mediante el oportuno certificado, estar autorizadas por la Comunidad Madrid (Orden 809/ 1994, de 1 5 de junio, de las Consejerías de Economía y Salud) u otra Comunidad Autónoma, para realizar las mencionadas actividades.