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SE INSTALARÁ UN PUESTO DE POLICÍA PERMANENTE EN EL MIRADOR

EL BARRIO DE CÁRITAS TENDRÁ PRESENCIA POLICIAL PERMANENTE EN UN LOCAL QUE CEDE EL IVIMA DE FORMA GRATUITA.

Desde acipa nos alegra que se cumpla una promesa electoral y esperamos que instale más puestos de policía en barrios que también sufren problemas como es el de la Montaña, más alejado y en el que el Ayuntamiento tiene locales vacíos.

El anuncio de esta noticia se pudo conocer a través del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, concretamente el pasado jueves 21 de marzo, y el acuerdo consiste en la cesión por parte del IVIMA de un local con las siguientes características:

Local diáfano, distribuido en planta baja y sótano. Comprende una superficie construida aproximada de 247,60 metros cuadrados, y útil de 198,08 metros cuadrados. Linda: Al frente, en planta baja por donde tiene su acceso, con camino de Yeserías, en planta sótano con muro de cerramiento de esta misma calle; por la derecha, en planta baja y planta sótano, con local número 2; por la izquierda, en planta baja con zonas comunes del portal número 23-A de camino de Yeserías, con escalera de acceso al garaje y ascensor, en planta sótano, cuarto de instalaciones y escalera de acceso; y por el fondo, en planta baja, con patio interior y planta sótano con local garaje, cuartos de instalaciones y zonas comunes.

Gracias a la publicación del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nos hemos podido enterar que con fecha 5 de febrero de 2013 la Alcaldesa de Aranjuez manifiesta que, debido a la necesidad de dotar de mayores medidas de seguridad al barrio de Cáritas, barrio de gran conflictividad social, solicita de este Instituto la cesión de un local en el que materializar la ubicación de una presencia policial estable, con el objetivo último de mejorar las condiciones de seguridad y generar confianza entre los vecinos del entorno. Pilar Quintana, Concejal Portavoz de acipa considera que “es una buena noticia, los vecinos del Mirador están demandando mayor seguridad y estamos seguros de que con la presencia continuada de la Policía Local, la zona será más segura.”

Las condiciones de la cesión son las siguientes:

Ceder al Ayuntamiento de Aranjuez el uso del local anteriormente descrito, al objeto de que se instalen unas dependencias que permitan una presencia policial estable en el barrio de su situación.
Esta cesión de uso tiene carácter gratuito y se concede por un plazo de cinco años, prorrogable por períodos iguales, sin que, en ningún caso, el plazo total pueda ser superior a treinta años.

El local cuyo uso se cede, con las características descriptivas que tiene actualmente y que su destinatario conoce y acepta en su estado actual, no podrá ser arrendado en todo o en parte, ni trasmitido a terceros, ni sometido en general a ningún tipo de negocio jurídico traslativo de la posesión, aunque suponga el mantenimiento de la actividad para los mismos fines, sin autorización expresa del Instituto de la Vivienda de Madrid.

La cesión de uso gratuita antedicha implica que el cesionario asumirá y dará cobertura a cualquier riesgo que se origine por el ejercicio de la actividad a implantar y deberá mantener en perfecto estado de conservación el inmueble y en funcionamiento todos sus servicios, corriendo de su cuenta cuantas obras y actuaciones sean necesarias a este fin. Asimismo, correrán a cargo del cesionario del local todos los gastos de cualquier tipo derivados de su uso, así como los de mantenimiento y conservación, comprometiéndose a cumplir las normas reguladoras de la propiedad horizontal y a abonar los gastos que la Junta de Propietarios o, en su defecto, la Junta Administradora, establezcan. También serán de cuenta del cesionario los gastos derivados de la formalización y puesta a disposición del local.

Igualmente, el cesionario estará obligado a solicitar de los organismos públicos las autorizaciones que sean preceptivas y al pago de todos los impuestos, tasas o precios públicos que, siendo procedentes, recaigan sobre el inmueble cuyo uso se cede, incluido el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, que correrá de su cuenta.

Si el inmueble cuyo uso se cede en el presente acto no fuera aplicado al fin previsto dentro del plazo establecido en esta Resolución o dejara de ser destinado al mismo con posterioridad, la cesión de uso se considerará resuelta, revertiendo el uso del bien cedido al Instituto de la Vivienda de Madrid