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QUIOSCOS CHURRERÍAS DURANTE SEIS MESES PARA QUINCE AÑOS.

EL GOBIERNO, A TRAVES DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, APRUEBA LA INSTALACION DE QUIOSCOS CHURRERIA EN DISTINTAS ZONAS DE ARANJUEZ, CONSIDERANDOLOS PUESTOS DESMONTABLES O TRANSPORTABLES E INSTALADOS CON CARÁCTER TEMPORAL (de octubre a marzo) AL CONSIDERARSE COMO VENTA AMBULANTE Y POR UNA DURACIÓN MÍNIMA DE 15 AÑOS.

<font face="Tahoma">Para acipa lo que Aranjuez necesita es poner kioscos estables, acorde con nuestro Paisaje y diversificando actividades, así se crearía empleo estable y no con puestos desmontables para seis meses durante 15 años.</font>

El pasado 15 de diciembre el gobierno aprobó la instalación de quioscos churrerías en distintas zonas de nuestra localidad, según manifiestan porque han tenido bastantes solicitudes para la instalación en nuestro municipio de quioscos – churrerías transportables.

Según manifiestan en el acta "consideran que la política en materia de comercio y venta ambulante es un potente instrumento dinamizador de la economía que permite fomentar el establecimiento y creación de empresas y, en definitiva, el crecimiento económico y la creación de empleo.”  Desde acipa, dudamos de esa afirmación, dado que no pretenden poner kioscos estables, acordes a nuestra Ciudad, Paisaje de la Humanidad y como hay en otras zonas y en todas las Ciudades, sino puestos de temporada (churrerías) para no tener que sacar un concurso  y establecer el canon correspondiente, así se podrán instalar churrerías u otros Productos de temporada, tal y como se regula en la Legislación de la Comunidad (El artículo 3 c) de la Ley 1/1997 de 8 de enero. Reguladora de Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid, establece como una de las modalidades de venta ambulante: “la instalación de los puestos desmontables o transportables a situar en enclaves aislados en la vía pública, en puestos de carácter ocasional autorizados únicamente durante la temporada propia del producto comercializado, o en aquellos que se autoricen justificadamente con carácter excepcional”.)

Pilar Quintana opina "Pero estas adjudicaciones disfrazadas de venta ambulante, no son una simple autorización sino que han aprobado que será para un mínimo de 15 años, cuando cualquier concesión de venta ambulante es para la temporada o con carácter anual como en el Rastro. No han hecho mención, pero deben estar sujetas al menos al precio público ya que hipotecar por 15 años espacios públicos durante 6 meses al año, al menos debería tener una rentabilidad para las arcas municipales"   

CONDICIONES APROBADAS EN LA JUNTA DE GOBIERNO

Se establece la temporada para la instalación de los quioscos-churrerías en periodo de octubre a marzo, siendo el horario comercial: De lunes a viernes: Mañanas: De 8 a 12 h, Tardes: De 17 a 20 h. Fines de semana y festivos: Mañanas: de 8 a 12 h y Tardes: de 17 a 21 h.

En caso de concurrir en la misma ubicación varias solicitudes, el criterio para la adjudicación será la fecha de inscripción de la solicitud en el registro municipal, debiéndose ajustar las solicitudes a las ubicaciones aprobadas por el Ayuntamiento de Aranjuez.

El período de presentación de solicitudes será de junio a septiembre

Las zonas en las que se podrán instalar los quioscos son las siguientes:

ZONA LAS OLIVAS. En la calle Fernando Bambrill
ZONA COLONIA DE AVIACIÓN – GTA. PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD. En la zona terriza paralela a la acera de la C/ Moreras
ZONA BARRIO DE LA MONTAÑA. En la calle Patrimonio Mundial a la altura del número 7.

Todas las personas interesadas en presentarse a dicha actividad, tendrán que aportar la siguiente documentación:

Solicitud en impreso normalizado debidamente cumplimentado.
Declaración Responsable en impreso normalizado debidamente cumplimentado y firmada por el titular.
Carné de Vendedor Ambulante (titular y autorizados)
Carné de Manipulador de alimentos (titular y autorizados)
Fotografías (titular y autorizados)
Copia de la vida laboral (titular y autorizados)
Si son prestadores de terceros países, acreditar las obligaciones legisladas en materia de autorizaciones de residencia y trabajo.
Copia del recibo de estar al corriente de pago de la póliza del seguro de responsabilidad civil, vigente durante el periodo autorizado.
Copia del I.A.E. (Impuestos de Actividades Económicas).
Encontrarse al corriente de pago en el Ayuntamiento de Aranjuez (se comprueba de oficio a solicitud del Servicio de Consumo).
Croquis o plano con dimensiones de la instalación del quiosco. Con memoria de las características de los materiales.

acipa continua con la labor informativa desde el despacho del Ayuntamiento y desde su correo electrónico (acipa2003@gmail.com) para realizar todas las gestiones de interés para los ciudadanos de Aranjuez.