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ALEGACIONES ORDENANZA VENTA VÍA PUBLICA Y ESPACIOS ABIERTOS

RECLAMACIONES DEL GRUPO MUNICIPAL DE LA AGRUPACIÓN CIUDADANA INDEPENDIENTE PARA ARANJUEZ (ACIPA) A LA ORDENANZA REGULADORA DE VENTA EN LA VÍA PÚBLICA Y ESPACIOS ABIERTOS EN LA LOCALIDAD DE ARANJUEZ.

El Grupo Municipal acipa, y en su representación la Concejal Portavoz de la misma Pilar Quintana Álvarez, presenta las siguientes reclamaciones a la Ordenanza Reguladora de Venta en la Vía Pública y Espacios Abiertos en la localidad de Aranjuez.

La Ordenanza de aprobada inicialmente sólo traslada el Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria, dejando otros aspectos importantes sin regular.

LA VENTA DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS
En el Real Decreto 1.010/1985, del 5 de junio, se establecía “queda autorizada la venta directa por los agricultores de sus productos en su domicilio, lugares de producción o aquellos establecidos por el propio Ayuntamiento según ordenanza vigente”

Sin embargo en el Real Decreto 199/2010 no se recoge y en El Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, en su artículo 2.2 determina las exclusiones de la obligación de inscripción a los productos agrícolas sin transformación que se vendan directamente.

Casi todas las Comunidades Autonómicas, Navarra, Andalucía, País Vasco, Canarias, Baleares, Cataluña, han regulado la venta directa en origen, dado que el consumidor cada día busca más por precio y calidad el acercarse a la producción, acotando los canales de distribución, sin embargo la Comunidad de Madrid una vez más olvida el carácter agrario de muchos de sus municipio y no ha hecho regulación expresa sobre ello, pero la Legislación Estatal y la Europea contemplan la venta en origen y al ser los productos agrícolas primarios, sin transformación, en la venta directa no se hace necesario darse de alta en el registro sanitario que debe establecerse en cada Comunidad Autónoma.
Según una encuesta realizada por Eurostat sobre la estructura de las explotaciones agrarias, como media el 15% de las mismas vende más del 50% de sus producciones directamente a los consumidores. Sin embargo, hay grandes diferencias entre países. En Grecia ese porcentaje llega al 25%, pero en España el mismo era solo del 0,1%. Otros estudios sobre los hábitos de compra de los consumidores comunitarios señalan que el 70% de los británicos y franceses apuestan por la compra de productos locales. En España ese porcentaje baja hasta el 47%. Por eso es preciso recorrer un camino que ya han hecho antes otros países.

El 2014 ha sido declarado Año Internacional de la Agricultura Familiar (AIAF) por la FAO, con el objetivo de aumentar la visibilidad de la agricultura familiar y la agricultura a pequeña escala, centrar la atención mundial sobre su importante papel en la lucha por la erradicación del hambre y la pobreza, la seguridad alimentaria y la nutrición, para mejorar los medios de vida, la gestión de los recursos naturales, la protección del medio ambiente y lograr el desarrollo sostenible, en particular en zonas rurales.

Hoy en día ser agricultor o ganadero y vivir de ello no es nada fácil. A pesar de que las condiciones de vida en el campo y en el medio rural han mejorado mucho, las leyes de mercado como en tantos otros sectores se imponen. La sombra de la industria agroalimentaria es muy larga, la productividad prima por encima de cualquier otro valor y el ritmo frenético del día a día hace que mucha gente ni se plantee qué es lo que come o de dónde vienen los alimentos que consumen. Eso a pesar de que, en cualquier caso, se ha producido un fuerte aumento de la demanda de productos ecológicos en la UE, que se ha multiplicado por cuatro en los últimos 10 años, según datos facilitados por la Comisión Europea. La venta directa para los pequeños agricultores genera ya en algunos países europeos una diversificación de suma importancia para el mantenimiento de las pequeñas explotaciones agro-ganaderas. La venta directa ofrece además a los consumidores, cada vez más interesados en conocer el origen, la forma de producir y sus compromisos con el medio ambiente, productos con gran valor de proximidad e información sobre su procedencia y elaboración.

La Venta a pie de finca o en la propia casa del agricultor es la forma más sencilla y más tradicional de canal corto es la venta, simplemente, acercándonos al lugar de producción, podremos acceder a los alimentos más baratos que en ningún otro sitio, y sobre todo más frescos y por lo tanto de mayor calidad. Además tendremos la oportunidad de conocer de primera mano las técnicas de producción, y de valorar en su justa medida el trabajo productivo de los agricultores. Y sobre todo, podremos establecer una comunicación directa con ellos, tan necesaria para construir la confianza que necesitamos para que la relación sea lo más positiva posible.
Además el Ayuntamiento podría organizar mercadillos de productos agrícolas locales, dado que la mayor parte de las explotaciones agrícolas locales son pequeñas y la comercialización es complicada porque los precios que consiguen en los canales de distribución no son rentables. El apoyar la agricultura Ribereña es apoyar el empleo, el Paisaje y el turismo.

El que el Ayuntamiento disponga de los datos de los Agricultores que venden a pie de finca podría servir para confeccionar un tríptico con el que anunciar nuestras huertas en la Oficina de turismo, además de dar a conocer a los Ribereños los lugares de venta de productos agrícolas locales.

OTROS TIPOS DE MERCADILLOS

Son muchos los mercadillos que se organizan en Aranjuez y que quedan fuera dela nueva Ordenanza y desde acipa entendemos que se deben recoger dentro de la misma.
En Europa son habituales los mercadillos de segunda mano, en los que las familias venden su propio ajuar, juguetes, etc bien por cambio de domicilio, bien porque ya no les sirvan. En España esta práctica está calando en Internet y seguro que pronto surgen en los municipios, siendo una forma de desarrollo sostenible, dado que hay muchas cosas que pueden no ser útiles y sin embargo son aprovechables por otros que pueden ahorrar comprando de segunda mano, incluso hay municipios que instauran un día al mes un lugar en el que los privados se aceran con sus coches y venden sus ajuares de segunda mano, desde el maletero del coche

En base a lo anterior desde acipa proponemos añadir dos nuevos artículos:

Venta no sedentaria por particulares de artículos usados y la venta no sedentaria con fines benéficos
1. Las entidades e instituciones que pretendan organizar un mercado con fines benéficos deberán presentar la solicitud en la Oficina de Atención al Ciudadano (O.A.C), del Ayuntamiento de Aranjuez en horario de oficina o de algunas de las maneras que establece el Art 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, con una antelación mínima de 15 días a la fecha de inicio de la celebración del evento, acompañada, como mínimo, de los siguientes datos:
a) Datos identificativos de la asociación o entidad, como los relativos a su denominación, escritura de constitución, domicilio social, representantes apoderados y N.I.F.
b) Memoria justificativa del evento en que se detalle la finalidad de dicha actividad, fechas de celebración, número de puestos y productos a la venta y medios a utilizar.
c) Declaración responsable de la asunción de responsabilidades civiles y particularmente, de las derivadas de la venta y de la reparación, reposición, conservación y limpieza del espacio público utilizado y del mobiliario urbano, así como un seguro de responsabilidad civil, cuando el Ayuntamiento lo considere necesario atendiendo a la magnitud del evento.
d) Compromiso explícito de retirada de todo aquel material utilizado en el mismo día de finalización de la actividad.
2. Cuando un grupo de particulares desee realizar una venta de artículos usados, siempre que procedan de su propio ajuar y no hayan sido adquiridos expresamente para su reventa, deberán presentar la solicitud en la Oficina de Atención al Ciudadano (O.A.C), del Ayuntamiento, con una antelación mínima de 15 días a la fecha de inicio de la celebración del evento. A dicha solicitud se deberán acompañar los datos identificativos de los vendedores: Nombre, apellidos, D.N.I. y domicilio, así como los extremos que figuran en el punto 1 de este artículo. Igualmente acompañará a dicha solicitud una declaración responsable de que los artículos pertenecen al ajuar de los particulares y que no han sido adquiridos expresamente para su reventa, debiendo estar en disposición de acreditar dicho extremo.
3. Sin perjuicio de lo anterior, en estos casos, el Ayuntamiento podrá requerir a los peticionarios aquellos datos o documentación que se estimen oportunos de entre los que recoge la presente Ordenanza.

Venta para la comercialización directa por agricultores
Los agricultores de Aranjuez, interesados en la venta de sus productos agrícolas, en el mismo lugar de producción o en sus domicilios deberán presentar la solicitud de autorización en la Oficina de Atención al Ciudadano (O.A.C) del Ayuntamiento de Aranjuez (en horario de oficina) o de algunas de las maneras que establece el Art 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, durante todo el año.
A dicha solicitud se deberán acompañar los datos identificativos de los vendedores:
Nombre, apellidos, D.N.I. y domicilio.
Igualmente acompañará a dicha solicitud una declaración responsable de que los productos son de su producción.
Descripción de los lugares de venta (finca o domicilio)
Descripción de los productos a vender cada temporada