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EL GOBIERNO MUNICIPAL DEBE RETIRAR EL PROYECTO DE PRESUPUESTOS DE 2012.

acipa SOLICITA LA RETIRADA DEL PROYECTO DE PRESUPUESTOS PARA 2012 AL HABERSE APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EL PASADO VIERNES UN MECANISMO PARA EL PAGO A PROVEEDORES DE EJERCICIOS CERRADOS Y NO ESTAR RECOGIDO EN EL PROYECTO PRESENTADO.

<P style="TEXT-ALIGN: justify; MARGIN: 0cm 0cm 0pt; mso-layout-grid-align: none" class=MsoNormal><B style="mso-bidi-font-weight: normal"><SPAN style="FONT-FAMILY: 'Tahoma','sans-serif'; FONT-SIZE: 11pt" lang=ES-TRAD>Desde acipa junto con otros miembros de la Oposición se han pedido informes al interventor sobre el Proyecto de Presupuestos presentado, dado que incumple la Ley de Haciendas Locales.</SPAN></B></P> <P style="TEXT-ALIGN: justify; MARGIN: 0cm 0cm 0pt; mso-layout-grid-align: none" class=MsoNormal><B style="mso-bidi-font-weight: normal"><SPAN style="FONT-FAMILY: 'Tahoma','sans-serif'; FONT-SIZE: 11pt" lang=ES-TRAD></SPAN></B>&nbsp;</P> <P style="TEXT-ALIGN: justify; MARGIN: 0cm 0cm 0pt; mso-layout-grid-align: none" class=MsoNormal><B style="mso-bidi-font-weight: normal"><SPAN style="FONT-FAMILY: 'Tahoma','sans-serif'; FONT-SIZE: 11pt" lang=ES-TRAD><?xml:namespace prefix = o ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:office" /><o:p></o:p></SPAN></B>&nbsp;</P>

Un tercio de la Corporación podrá solicitar informes sobre asuntos que se aprobaran en el Pleno, así desde acipa hemos solicitado junto a otros miembros de la oposición los informes pertinentes sobre el Proyecto de Presupuestos que nos han presentado, dado que carece de partidas presupuestarias para el pago a proveedores de ejercicios cerrados, ni existe Plan de Saneamiento que obliga la Ley al no recogerse la deuda pendiente, ni incluye la Plantilla de personal, ni las deudas que se mantienen con el Estado y la Sociedad Local del Suelo y la Vivienda.

Dado que va comenzar el mes de marzo y aún no se ha convocado el Pleno para aprobar el Presupuesto para 2012, que debería haberse aprobado con anterioridad al pasado 1 de enero y que además de no tener los requisitos marcados por la Ley de Haciendas Locales y que el Gobierno Central aprobó el pasado viernes el mecanismo de financiación a las entidades locales para el pago a proveedores que no se contempla en el Presupuesto sin aprobar, sería conveniente retirar este Proyecto, hacer bien los deberes y aprobar un Presupuesto con todos los requisitos y partidas establecidas además del Plan de Saneamiento al que además de estar obligados por Ley, es necesario presentar antes del 15 de marzo según lo aprobado por el Gobierno para el pago a proveedores que será a dos meses vista según prevé el Gobierno Central.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales de un Proyecto de Ley Orgánica y un Real Decreto Ley para posibilitar la creación del mecanismo de financiación a entidades locales para el pago a proveedores, así como el otorgamiento del aval del Estado en futuros mecanismos de financiación de todas las Administraciones públicas con la misma finalidad. 

La condición que debe cumplir el proveedor para tener derecho al cobro de sus facturas es que se trate de obligaciones pendientes de pago generadas por obras, servicios o suministros realizados antes del 1 de enero de 2012 y que, además, se trate de contratos incluidos en el ámbito de lo recogido en la Ley de Contratos del Sector Público.

Con el propósito de conocer la cuantía exacta que tienen pendiente de cobro los proveedores, las entidades locales deberán emitir telemáticamente y con firma electrónica al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, antes del 15 de marzo, una relación de todas las obligaciones pendientes de pago. En ellas debe constar la identificación del contratista, el importe, la fecha de recepción de la factura y si se ha iniciado o no un trámite judicial por parte del contratista para su cobro.

Las Entidades Locales permitirán a los contratistas consultar su inclusión y las cuantías que les afecta. En el caso de que no aparezcan en el listado los contratistas aportando la documentación necesaria, podrán reclamar a su ayuntamiento que emita un certificado individual y éste no podrá negarse. La norma contempla que el incumplimiento por parte de los funcionarios competentes de las obligaciones de expedición de certificaciones y comunicaciones previstas tendrá la consideración de faltas muy graves.

El mecanismo de financiación que se aprobará en las próximas semanas, y al que los Ayuntamientos podrán acogerse, estará vigente durante 2012. Este mecanismo fijará como criterios para la prioridad de cobro el descuento ofertado sobre el importe principal de la obligación pendiente de pago o la antigüedad de la factura. Todos aquellos proveedores o contratistas que tengan derecho al cobro podrán voluntariamente hacerlo efectivo mediante su presentación en las principales entidades de crédito del país.

Las entidades locales podrán financiar las obligaciones de pago abonadas a través de una operación de endeudamiento con el suficiente plazo que asegure la viabilidad de la operación.

Una vez conocida toda la información sobre el montante de las facturas pendientes de pago, la corporación local elaborará un plan de ajuste que deberá aprobarse antes del 31 de marzo y que tendrá que ser aplicado en el período de amortización previsto para la operación, siendo remitido al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que realizará una valoración en un plazo de treinta días naturales.